1º - Régimen transitorio
Los Estados Partes están autorizados a utilizar, hasta el 31 de diciembre de 2030, los regímenes de “Draw Back” y admisión temporaria para el comercio intrazona.
Texto con las modificaciones del artículo 1º de la Decisión CMC Nº 10/2021 "REGÍMENES ESPECIALES DE IMPORTACIÓN", de fecha 13/12/2021, vigente desde el 25/02/2024